Audiencia en el Senado de la Nación por el conflicto entre Argentina y sus hold-outs: Un aporte desde la academia

Juan José Cruces, colaborador de Foco Económico y profesor de la Escuela de Negocios de la Universidad Torcuato Di Tella, expuso en la Audiencia pública que el 22 de marzo realizaron las Comisiones de Presupuesto y Hacienda, y de Economía Nacional e Inversión del Honorable Senado de la Nación sobre la Ley de Normalización de la Deuda Pública y Recuperación del Crédito.

Compartimos aquí su presentación.

Video de la alocución inicia(17 minutos)

La Senadora María Ester Labado (Frente Para la Victoria – Santa Cruz) hizo esta pregunta a nuestro colaborador

Aquí la respuesta de Cruces

Información de contexto: La administración de Mauricio Macri, que asumió la presidencia de Argentina el 10 de diciembre de 2015, ha hecho importantes avances negociando con los hold-outs remanentes del default de 2001. Dichos acreedores tienen en su poder bonos equivalentes al 7% del capital original debido al momento del default (diciembre de 2001), y han entablado un conjunto de litigios que el Financial Times denominó colectivamente “el juicio del siglo de la deuda soberana”. Dichos litigios, y los fallos de los jueces competentes, han sido sujeto de intensos debates en la academia y en la comunidad de hacedores de política por sus implicancias para futuros eventuales defaults soberanos.

Los avances recientes de Argentina se han cristalizado en un conjunto de acuerdos preliminares con sus litigantes, los cuales están sujetos de dos condiciones: a) que el Tribunal de Nueva York que entiende en la causa levante las medidas cautelares a favor de los litigantes por violación de la cláusula pari passu que impiden que Argentina pague normalmente los bonos del canje de 2005 y 2010, aceptados por el 93% de sus acreedores a 2001, y b) que el Congreso Argentino derogue las leyes Cerrojo y de Pago soberano, las cuales implican una subordinación de jure de la deuda vieja a la deuda nueva e impiden realizar una mejor oferta a los hold-outs que la hecha en los canjes previos.

La Constitución de la Nación Argentina reserva al Congreso la atribución exclusiva de contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación y de arreglar el pago de la deuda. En función de ello, para implementar los acuerdos preliminares, el Poder Ejecutivo elevó al Congreso para su consideración un conjunto de reformas englobadas bajo la Ley de Normalización de la Deuda Pública y Recuperación del Crédito. Como parte del proceso de discusión de esta legislación la Cámara de Diputados y el Senado de la Nación invitaron a distintos expertos a que aporten su punto de vista. Si bien nuestro colaborador fue convocado por ambas cámaras, compartimos aquí su última presentación.