Cuando se hace referencia a los principios bajo los cuales se rige el Internet y su regulación, frecuentemente surge el tema de la “neutralidad de la red”. Si bien en diversos medios han circulado opiniones tanto a favor como en contra de esta medida, con frecuencia el debate carece de un marco analítico que permita tener una discusión objetiva al respecto. Incluso, pareciera no haber consenso en la definición del término y mucho menos en sus implicaciones para el bienestar social. Así, la revista The Economist señaló este problema cuando se discutía el tema como una prioridad de la agenda pública en Estados Unidos (véase, The Economist, 2010).
Desde el punto de vista económico, el principio de neutralidad de la red puede entenderse como el régimen que prohíbe la discriminación de precios de transmisión a través de Internet de contenidos alternativos. Lo anterior implica que los proveedores del servicio de Internet (ISPs, por sus siglas en inglés) cobren a los usuarios una tarifa plana o lineal por conectarse a la red, independientemente del contenido (correo electrónico, redes sociales, contenidos audiovisuales, etc.) al que estos tengan acceso a través de la misma.[1] Esta es la manera en la que operan la mayoría de los ISPs en la actualidad y, quienes argumentan a favor de la reglamentación de la neutralidad de red, señalan que este esquema debe continuar siendo la regla general.
En el contexto anterior, cabe destacar el creciente uso de las aplicaciones denominadas “over the top”, que compiten con otros servicios que ofrecen los ISPs, tales como el servicio de voz (telefonía), mensajería de texto (SMS, por sus siglas en inglés) o de video en sus distintas manifestaciones. Aplicaciones como Skype, Whatsapp y Netflix son ejemplos representativos de cada uno de estos casos. Con la introducción de estas aplicaciones, los ISPs, frecuentemente integrados como empresas de telefonía o de televisión por cable, dejan de percibir ingresos asociados a estos servicios. Así, algunos actores proponen un cambio del régimen de tarifa lineal – es decir, permitir que los ISPs cobren de manera diferenciada dependiendo del contenido o aplicación que el usuario utilice – argumentando que al perder fuentes de ingreso, los ISPs pierden incentivos a invertir en el desarrollo y despliegue de redes, toda vez que se reduce el retorno asociado a las mismas.[2]
Adicionalmente, algunas acepciones del principio de neutralidad de red contemplan que todo el tráfico de datos que pasa por la infraestructura de los ISPs sea tratada por igual. Es decir, se elimina la posibilidad de dar diferentes niveles de prioridad a los distintos tipos de tráfico de datos, incluso si el usuario está dispuesto a pagar una conexión de mayor velocidad o calidad que la estándar. Un par de ejemplos de este tipo de usuarios serían los operadores de casas de bolsa que utilizan herramientas de high-frequency trading y los médicos que utilizan aplicaciones de telemedicina.
Sin embargo, han surgido inquietudes respecto a los métodos de administración del tráfico toda vez que, se argumenta, podrían afectar a la calidad del servicio que se ofrece a los consumidores. Por ejemplo, determinados tipos u orígenes de tráfico pueden verse favorecidos respecto de otros, o quedar bloqueados. Un ejemplo de operadores que tendrían incentivos a intentar bloquear contenidos o aplicaciones son aquellos que ven afectados sus ingresos directamente por la existencia de las aplicaciones over the top, citadas anteriormente. En un caso más extremo, si el escalonamiento o discriminación en la calidad del servicio no estuviera regulado, los ISPs con poder de mercado podrían tener incentivos a bajar la calidad del servicio “estándar”, obligando a los usuarios a pagar una cantidad adicional por tener acceso a un servicio que en condiciones de mayor competencia sería el normal.
En resumen, al no existir un marco común ni reglas claras sobre la neutralidad de la red, se corre el riesgo de que los proveedores de servicios de Internet y las empresas que proveen aplicaciones o contenido a través de éste pudieran coludirse para ofrecer una menor calidad del servicio en sus transmisiones, en detrimento de la competencia. En el otro extremo, se ubica un escenario con normas muy restrictivas respecto a lo que se puede permitir en materia de gestión del tráfico de datos, lo que podría resultar en ineficiencia en la provisión del servicio de Internet de banda ancha, por verse congestionado.
En la experiencia internacional en la materia, destacan los casos de Estados Unidos, Chile y los Países Bajos. En todos estos casos, se han emitido lineamientos y regulaciones relacionadas con la neutralidad de la red. A continuación se describen brevemente estos casos:
- Estados Unidos. Desde finales de 2010, la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés), cuenta con una serie de “reglas del Internet abierto” que se equiparan con el concepto de neutralidad de la red (FCC, 2013). Existen tres principios: el de transparencia, que se refiere a que los proveedores del servicio de Internet deben hacer pública la información respecto a sus prácticas de manejo de tráfico y los términos comerciales de los servicios que ofrecen; el de no bloqueo, que prohíbe que a los ISPs bloquear contenido, aplicaciones, servicios y equipos siempre y cuando sean legales; y el de no discriminación irrazonable, que prohíbe a los ISPs fijos la discriminación “no razonable” del contenido que pasa por sus redes (es decir, que la discriminación se encuentra sujeta a ciertos principios).
- Chile. El caso de este país destaca por ser el primer caso en su tipo en la región latinoamericana. La Ley 20.453, emitida en 2010, prevé disposiciones relacionadas con los principios de transparencia de parte de los proveedores del servicio de Internet a los usuarios, además de que prohíbe explícitamente “bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir” el derecho de los usuarios de Internet para “utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido aplicación o servicio legal”. Adicionalmente prevé que los ISPs puedan tomar medidas para llevar a cabo la gestión del tráfico de red, lo cual debe ser reconocido como un acierto.
- Países Bajos. En 2011, este país fue el primero en Europa en emitir regulación sobre la neutralidad de la red. Entre otras previsiones, esta regulación prohíbe explícitamente la discriminación de precios, evitando la práctica también llamada tiering. En este sentido, puede considerarse que esta regulación es más restrictiva que las anteriores. Adicionalmente, esta regulación también prevé importantes medidas relativas a salvaguardar la privacidad de los datos que son transmitidos a través de la red.
Sin duda, la experiencia internacional ofrece lecciones para países que tienen pendiente delimitar los lineamientos regulatorios en el tema de neutralidad de la red. Por ejemplo, en el caso de Estados Unidos resulta interesante la diferencia explícita que se hace entre las obligaciones para los ISPs fijos y móviles. Sin duda éste tratamiento diferente podría ser sujeto de controversias, pero la regulación de dicho país permite cierta flexibilidad en función de las condiciones de desarrollo de cada mercado. En el caso de Chile, destaca la oportuna emisión de esta regulación, a pesar de tratarse de un país con un mercado de telecomunicaciones mucho menos desarrollado que el de Estados Unidos (podría argumentarse, incluso, que se emitió la regulación para acelerar el desarrollo de estos mercados). En el caso de los Países Bajos, destaca que la propuesta de regulación surgió por una situación que directamente perjudicaba a los consumidores, y que ésta fue implementada de manera relativamente rápida (véase, van Beijnum, 2012). Finalmente, destaca que en todos los casos mencionados anteriormente las discusiones sobre el tema fueron hechas en foros abiertos o a través de consultas públicas.
Dada la complejidad del debate por su naturaleza técnica, la falta de un marco analítico y un consenso sobre las más básicas nociones del tema, no resulta evidente cómo lograr el equilibrio entre la protección al consumidor y la necesidad de fomentar la inversión en redes de Internet de banda ancha. Para el caso de México, donde al igual que en el resto del mundo la demanda por datos se está incrementado de manera exponencial, será necesario que se tomen en cuenta todos los puntos de vista a fin de tomar una decisión regulatoria que favorezca el interés público.
Referencias
Gobierno de Chile, Ley 20.453, Consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de Internet, Agosto de 2010. Disponible en <http://bcn.cl/19aqq>
Federal Communications Commission, Consumer Guide: Open Internet, Última revisión: Enero de 2013. Disponible en <http://goo.gl/FQdAu>
Hahn, Robert y Wallsten, Scott, The Economics of Network Neutrality, Economist’s Voice, The Berkeley Electronic Press, Junio de 2006. Disponible en <http://goo.gl/YoDNv>
The Economist, Network neutrality: a tangled web, Diciembre de 2010. Disponible en <http://goo.gl/KlpQE>
van Beijnum, Iljitsch, Netherlands becomes world’s second “net neutrality” country, Ars Technica, Mayo de 2012. Disponible en <http://goo.gl/UImSr>
[1] Esta definición es una adaptación de la señalada por Hahn y Wallsten (2006).
[2] Algunos proveedores del servicio de Internet han intentado contrarrestar el efecto de estos a través de aplicaciones propias que compitan con las del tipo “over the top”. Tal es el caso de British Telecom y la aplicación para realizar llamadas telefónicas a través de la conexión a Internet, SmartTalk, o la de varios operadores móviles que han impulsado la aplicación de mensajería instantánea, Joyn.
Si los proveedores de internet pudieran ofrecer velocidades distintas según la página a la que se quiere acceder, quienes perderían serían las empresas chicas. Los grandes pueden arreglar fácilmente para tener trato preferencial, aunque les cueste plata. Pero las empresas chicas y los amateurs quedarían en zaga. No es exagerado decir que afectaría la libertad de expresión.