En colaboración con Gustavo Torrens (Washington University in St. Louis)
Varias entradas anteriores en este blog han enfatizado la importancia de los derechos de propiedad para un buen desempeño económico. Para el lector interesado recomendamos el excelente resumen de Besley y Ghatak en el Handbook of Development Economics (el cual cita como parte de la evidencia empírica importante en el área este articulo con Ernesto Schargrodsky reseñado en este blog acá). Creemos que tanto la literatura teórica como la empírica al respecto, así como la experiencia histórica, son bastante concluyentes de que, en general, derechos de propiedad bien definidos y estables son una condición necesaria para el desarrollo económico. Sin embargo, existe un área importante para la cual aumentar los derechos de propiedad probablemente no sea una buena idea: los derechos de propiedad intelectual.
La idea tradicional sobre los derechos de propiedad intelectual es que sin una patente o copyright que otorgue al innovador o autor un monopolio sobre su idea, no existirían incentivos para que los innovadores incurran en los costos de desarrollo de las mismas. Por supuesto que este monopolio genera costos a la sociedad en términos de su bienestar, pues una vez que la innovación está disponible, los consumidores se beneficiarían si todos los individuos pudiesen utilizar la nueva idea. Pero el punto crucial, de acuerdo al enfoque tradicional, es que la innovación no existiría en primer lugar si los potenciales innovadores no supieran que van a poder lucrar en forma exclusiva con su innovación. Es decir, las patentes y copyrights son un mal necesario que las sociedades deben pagar si desean que haya innovaciones. La contracara empírica de este enfoque intenta calcular la duración óptima de las patentes y copyrights. Y aquí tenemos quienes consideran que las leyes actuales son apenas suficientes para cubrir los gastos de investigación y desarrollo y quienes piensan que algunos agentes están obteniendo ganancias excesivas producto de sus patentes.
Más recientemente, dos queridos colegas, Michele Boldrin y David Levine (ver por ejemplo, Boldrin y Levine, 2004, 2005, 2008, 2011), han desafiado por completo este enfoque tradicional. A continuación trataremos de resumir sus principales argumentos. Pero antes,, vale la pena hacer una aclaración. La cuestión relevante reside en definir si los creadores de una idea deben tener derecho a controlar el uso que los compradores hagan de la misma. Es decir, no se trata del derecho de un creador a vender copias de su idea, sino sobre el derecho a controlar el uso de todas las copias de la idea.
En el plano teórico, David y Michele argumentan que el enfoque tradicional presupone que las patentes y copyrights son la única forma de retribuir a los innovadores, cuando en realidad existen muchas otras alternativas tales como: rentas competitivas, ventajas de ser el primero, ventas colaterales, efectos de reputación, premios y subsidios públicos, transacciones utilizando la ventaja informativa generada por la innovación y comercialización de la propia innovación. Por ejemplo, los potenciales competidores de un innovador podrían tardar en copiar la innovación o en instalar la capacidad productiva necesaria o verse obligados a pagar costos de entrada, otorgando así rentas competitivas al innovador. De hecho, Michele y David muestran que el enfoque tradicional schumpeteriano puede entenderse como un caso extremo de un modelo marshalliano en el que las rentas no se disipan instantánea sino paulatinamente. Y más aún, no hay nada que nos haga pensar que estas rentas competitivas no son suficientes para cubrir el costo de oportunidad de los innovadores.
El otro punto teórico importante que enfatizan Michele y David es que las innovaciones suelen ser insumos claves de nuevas innovaciones. Es decir, el monopolio sobre una idea impone un costo extra al desarrollo de otras nuevas ideas. Más técnicamente, en equilibrio general no es claro que va a haber más innovación en un mundo plagado de monopolios (donde cada monopolista debe pagar los derechos de uso de las patentes de los otros monopolistas) que en un mundo sin patentes y donde la competencia está generalizada. De hecho, David y Michele muestran en un modelo de equilibrio general que la probabilidad de innovar tiende a cero a medida que nos acercamos a la monopolización completa de todas las innovaciones.
En el plano empírico, Michele y David documentan los siguientes hechos:
1) La existencia extendida y sostenida de innovaciones en presencia de imitadores y competencia, pero sin patentes o copyrights.
2) La falta de evidencia que justifique que el monopolio creado por los derechos de propiedad intelectual ayude a incrementar la tasa de innovación de forma significativa.
3) La existencia de un grupo pequeño y costoso, pero importante, de innovaciones que no fueron realizadas en un régimen de competencia y requirieron subsidios públicos para ser desarrolladas.
También estudian muchos ejemplos históricos que corroboran que las patentes y copyrights han impuesto costos sobre otras innovaciones, retrasando las mismas e, incluso en algunos casos, fomentado actividades rentísticas de parte de emprendedores y autores. Por ejemplo, conjeturan que la patente del motor a vapor de Watt y Boulton probablemente haya retrasado la revolución industrial dos décadas. Que el sistema de patentes de Inglaterra y Francia forzó a la industria química a trasladarse a Alemania y Suiza donde el sistema de patentes no existía o era mucho más débil. Que inicialmente la industria del software se desarrolló sin la existencia de copyrights y, que la proliferación de patentes que surgió luego de que se permitiera patentar el software muy probablemente haya contribuido a disminuir la velocidad de innovación de esta industria.
Finalmente, muestran que en las últimas décadas las industrias que más han contribuido al incremento de la productividad total de los factores en las economías desarrolladas (por ejemplo, distribución y venta minorista, seguros, finanzas, tecnologías de la información) se caracterizan por un muy bajo grado de protección de los derechos de propiedad intelectual.
Por lo tanto, si bien más investigación empírica es necesaria en esta área, si seguimos la lógica de los argumentos expuestos, podemos preguntarnos: ¿Cuál es entonces la recomendación de política? Michele y David argumentan que debemos abolir gradualmente el sistema de derechos de propiedad intelectual. La idea es que hacerlo de forma gradual permitiría ajustar otras instituciones que tienen que adaptarse y a la vez ayudaría a reducir las barreras políticas a la reforma. ¿Cuáles son estas barreras políticas? Esencialmente, los típicos problemas de acción colectiva. Por una lado, un pequeño grupo de monopolistas bien organizados que perderían muchísimo dinero si se abolieran sus derechos de propiedad intelectual. Por el otro, un gran número de consumidores, cada uno de los cuales sólo ganaría una pequeña suma con la reforma.
Referencias
Boldrin, M. y D. K. Levine [2004], “2003 Lawrence Klein Lecture: The Case Against Intellectual Monopoly”, International Economic Review 45: 327-350.
Boldrin, M. y D. K. Levine (2005), “The Economics of Ideas and Intellectual Property”, Proceedings of the National Academy of Sciences 102: 1252-56.
Boldrin, M y D.K. Levine [2008], “Against Intellectual Monopoly”, available online at http://www.dklevine.com/general/intellectual/against.htm.
Boldrin, M. y D. K. Levine [2011], “What’s Intellectual Property Good for?”, available online at
http://www.dklevine.com.
Muy bueno el artículo. Coincido en que a priori no es posible saber si los derechos de PI fomentan o no las innovaciones.
El tema es si deberían existir derechos de propiedad sobre bienes que no son escasos, como son las ideas. ¿Tiene una persona derecho al lucro que surge de su idea? Cuando yo utilizo la idea de otra persona no estoy afectando el uso que el creador puede hacer de la misma. En este sentido, otorgarle un monopolio al creador no es distinto que entregarle un monopolio al emprendedor que decide instalarse primero en una zona vendiendo un producto nuevo, dado que, si éste efectivamente tiene derecho al lucro que surge de su idea, entonces cualquier otro emprendedor que se le instale al lado de su local estaría «robandole» la idea. Creo que termina siendo bastante arbitraria la definición de «derecho» cuando se trata de PI, y eso es un problema para darle legitimidad. Es decir, si podés patentar un producto basado en una idea, por qué no patentar una teoría científica? Ahí se ve claramente que el progreso de la ciencia se vería obstaculizado.
También pensaba en el tema del copyright. Por un lado perjudica a los artistas porque afecta sus regalías. Pero, al mismo tiempo, la posibilidad de hacer una copia de un CD o de compartir música o libros por internet ayuda a difundir la obra, lo cual puede compensar las pérdidas iniciales si la banda se hace famosa.
Gracias por tu comentario Patricio. Tenes razón, de hecho algunas bandas han decidido poner sus CDs online gratis porque es una forma de promoción. Otra forma con la que los músicos pueden obtener ingresos de sus obras son los espectáculos en vivo.
Un ejemplo muy lindo do comportamiento rentisrico es Disney. Cuando venció el derecho de autor sobre el ratón Mickey hicieron presión en Washington para cambiar la ley y extender la duracion de los derechos de autor. Claramente los incentivos no justifican la extensión porque los incentivos pata crear el ratón de las grandes orejas estuvieron. Si desapareceroan, Disney crearía mas personajes nevos.
Andy, el ejemplo de Disney está muy bueno. Nosotros seleccionamos algunos ejemplos, pero en el libro de Michele y David hay muchos otros.
Hola, muchas gracias para el esfuerzo y la clarisima descripcion de nuestra analisis. Me guastaria anyadir un pequenyo comentarios adicional, sobre una cuestion «teorica» general, si quieren llamarla asi.
Nuestra teoria no contradice el antiguo argumento segun el cual los derechos de propriedad bien definidos son buenos y necesario para el desarrollo economio. Nuestra teoria dice, simplemente, que no todos los derechos de propriedad (completos) son ecuivalentes. Algunos son mejores que otros, estatica- y dinamicamente.
La teoria «clasica» dice que DEFINIR CLARAMENTE los derechos de propriedad es bueno. Esto se traduce, normalmente y justamente, en decir que cada «economic good» debe tener un duenyo (o unos duenyos) que lo controlan. NO quiere decir que reforzar los derechos de propriedad de unas personas al coste de los derechos de otras personas es bueno. De hecho, no tiene nada a que ver con eso. Esto quiere decir que un mundo en el cual la «idea nueva» es de exclusiva y eterna propriedad del tercer senyor que llega al patent office y un otro mundo en el cual el mismo derecho va al primero son equivalentes, desde este punto de vista. Y, obviamente, ambos mundos son equivalentes a uno en el cual la «idea nueva» pertenece por un mes a quien llega primero al PO y despues entra en el public domain. En cada uno de estos mundos los derechos de propriedad son bien definidos.
Muchas gracias por la aclaración Michele. Estamos de acuerdo con vos. Probablemente lo que puede generar alguna confusión es el título del post.
Un argumento común en la literatura sobre desarrollo económico es que es necesario definir y hacer cumplir los derechos de propiedad. Y normalmente se piensa en los derechos de propiedad sobre la tierra, el capital o activos financieros. Luego, es común extender este argumento a los derechos de propiedad intelectual. Y ahí la conclusión es que hay que hacer cumplir más eficazmente el actual régimen de propiedad intelectual.
Nuestra motivación principal cuando escribimos el post era llamar la atención, siguiendo las contribuciones que hicieron ustedes, sobre los puntos flacos de este argumento. O mejor dicho, mostrar lo desenfocada que esta la discusión al respecto. Es decir, probablemente lo que se necesita para promover el desarrollo no sea hacer cumplir el monopolio intelectual vigente, sino pasar a otro esquema de derechos de propiedad que no dé a los autores poder monopólico sobre sus ideas. Como bien aclaras, entonces, la cuestión clave es comparar dos sistemas de derechos de propiedad bien definidos.
Muy bien explicado el artículo y se agradece la aclaración de Michele Boldrin. Siento no tener fácil acceso a las publicaciones citadas.
Como dice M.B. es este un asunto complejo pero que debe estar teniendo ya un grave efecto en las economías occidentales.
Tainter («The collapse of complex societies») menciona que tras la segunda guerra mundial la «producción de innovación» es claramente una actividad de rendimientos decrecientes (550% de incremento de recursos para un 24% de aumento de patentes la mayor parte de ellas para crear barreras de entrada).
Ulrich Beck cita a Dahrendorf y otros ya en los años 60 para alertarnos acerca de la destrucción por parte del sistema educativo de aquellas antiguas universidades capaces de producir ideas y genios innovadores (la rebeldía es un rasgo de carácter del innovador) incluso sin la protección actual.
Hay un indicador probablemente muy grosero pero poco discutible: Hoy vivimos de trabajar sobre descubrimientos e ideas nacidas todas ellas antes de 1950. Esto por un lado.
Por otro lado está el hecho de que la canalización de los insondables caudales de fondos y subvenciones a la investigación, los propios salarios y carreras, está sometida a un proceso de selección político económico por el cual no sale un céntimo para nada que sea políticamente incorrecto o que comprometa la estructura oligopólica del sistema.
Así llevamos décadas.
Saludos
dklevine.comGracias por tu comentario Manu. Acá podes bajar el libro de Boldrin y Levine: http://www.dklevine.com/general/intellectual/against.htm
international.ucla.eduMuy buen post, Sebastián (y muy bueno el artículo de Michele y David). Como una reflexión complementaria, les dejo un par de trabajos históricos que sugieren que durante la revolución industrial, salvo en casos excepcionales, los sistemas de protección de propiedad intelectual nunca funcionaron demasiado bien. Este funcionamiento irregular puede haber sido determinante a la hora de fomentar la aceleración del crecimiento en Inglaterra y Europa en los siglos XVIII y XIX.
Primero, Joel Mokyr repasa el enforcement de las patentes en el siglo XVIII en su Weber lecture. http://faculty.wcas.northwestern.edu/~jmokyr/Weber-Lecture.pdf
Allí muestra que el caso de la patente de Watt era la excepción más que la regla. Por lo general, era muy difícil hacer respetar una patente, ya que los jueces de common law las veían como monopolios vendidos por la corona, y se rehusaban a reconocerlas. Para lograr un fallo favorable había que apelar varias veces, y sólo gente con «deep pockets» (como Watt) podía permitírselo. La mayoría de los inventores no lograba cobrar demasiadas regalías. Mokyr argumenta que lo importante para mantener el ritmo de la innovación era que al menos unos pocos se hicieran ricos. Esto motivaba al resto a seguir innovando, de la misma manera que el los drug dealers de Levitt siguen vendiendo droga por una miseria con la esperanza de algún día poder comprarse los autos deportivos que tiene el jefe de la banda. En ese sentido, una institución imperfecta podría haber funcionado mejor que un sistema perfectamente administrado.
La segunda literatura es la de Zorina Khan, que ha trabajado sobre los incentivos a la innovación por muchos años. http://www.international.ucla.edu/economichistory/conferences/khan.pdf
En este trabajo compara las performances de patentes y premios utilizando datos de ferias de innovaciones en Inglaterra y USA en el siglo XIX. El clásico ejemplo de un premio a la innovación es el ofrecido por la solución del problema de las longitudes, que incentivó a John Harrison a inventar el cronómetro marino. Harrison jamás cobró, porque su principal rival formaba parte del jurado. Sin embargo, el cronómetro se inventó y contribuyó enormemente a la navegación y al comercio. Khan concluye que las patentes fomentan más innovación que los premios, pero ambos son ejemplos de sistemas imperfectos.
Gracias Mauricio por tu comentario. Miraremos estos papers con interés.
Thank you everyone for the useful comments which I was able to read using that marvelous and not patented innovation, Google translate. Hopefully it will help some of you read my comments in English as well.
I think the key points have been covered. There are two things I would like to emphasize:
1. The scope and strength of copyrights and patents are being extended every day and the U.S. is trying its best to force the rest of the world to pay it «royalties» on practically everything from works derived from everyone else (Disney and Pinocchio anyone?) to trivial ideas «invented» by nobody, but patented in the U.S. Every political leader talks about innovating out of the economic crisis – with which I much agree – and at the same time they do their level best to make it impossible. If ever there was a time for a moratorium on «intellectual property» nonsense so we can build the next generation of innovations it is now.
2. One of the biggest problems faced by countries outside the United States, Western Europe and Japan is the insecurity of property rights. Whether this is extreme as in Zimbabwe and Somalia, or just driven by the control elites have over government policy as in Latin America – it is a huge and difficult problem. Unfortunately intellectual property cuts the other way, and there is a tendency – even among well-known economists who should be more careful – to lump «intellectual property» in with «property.» This is important in enabling the lobbyists and monopolists – of whom there are many – to work behind the scenes in trade-agreements and the like to impose mercantile arrangements over ideas in the guise of «free trade.» Needless to say this is a very dangerous tendency.
Excelente post Sebastian y Gustavo! Y se agradece mucho los comentarios complementarios de David y Michele.
Saludos,
Patricio
lanacion.com.arExcelente nota Sebastián:
Hoy justo leí este artículo muy relacionado en La Nación:
http://www.lanacion.com.ar/1489309-la-guerra-de-patentes-le-pone-un-freno-a-la-innovacion