Gasto tributario: qué es y por qué importa

Publicado en Reportajes de La Tercera, sábado 5 de mayo del 2012.

El gasto tributario de 2011 fue de 4,27% del PIB, es decir, aproximadamente, 10 mil millones de dólares. Esto es, entre 10 y 14 veces la recaudación adicional que el gobierno estima se obtendrá con su propuesta tributaria. El 60% del gasto tributario corresponde al diferimiento de impuestos que explica por qué nadie en Chile declara ingresos anuales superiores a los seis millones de dólares. En una entrevista publicada en Qué Pasa a fines de febrero, Ricardo Escobar, ex director del Servicio de Impuestos Internos, reveló que nadie en Chile declara ingresos anuales superiores a los seis millones de dólares.

Para quienes no conocen los detalles del sistema tributario chileno, el dato anterior pareciera contradecir el hecho de que varios chilenos destacan en los rankings que regularmente se publican en el extranjero con los billonarios de todo el mundo.

¿Cómo es posible tener ingresos inferiores a seis millones con un patrimonio superior a los mil millones de dólares? ¿Significa esto que todos nuestros billonarios tienen tan mal ojo para los negocios que la rentabilidad que obtienen de sus activos es inferior al uno por ciento?

La respuesta es otra. Lo que sucede es que la legislación tributaria chilena permite diferir el pago de impuestos de quienes perciben ingresos a través de sociedades y empresas. Estas pagan un impuesto del 18,5% sobre sus utilidades, monto que subirá al 20% si se aprueba la propuesta tributaria del gobierno. Si dichas utilidades no son retiradas de las empresas, sus dueños no pagan impuestos adicionales y terminan con una tasa de impuesto a la renta que, evaluados con cualquier estándar internacional, es baja.

EL GASTO TRIBUTARIO
Según explica la Dirección de Presupuestos en el Informe de Finanzas Públicas de 2011, el gasto tributario se define como “una transferencia de recursos públicos, que es llevada a cabo mediante la reducción de las obligaciones tributarias con respecto  a un impuesto de referencia”. Es decir, se trata de impuestos que el Estado deja de recaudar debido a la existencia de diversas granjerías tributarias.

El artículo 19, numeral 22, de la Constitución Política de la República, requiere que el gasto tributario se publique anualmente. Gracias a esta disposición constitucional conocemos el monto de impuestos que deja de recaudarse, producto de regímenes especiales, exenciones, deducciones y diferimientos de impuestos.

El gasto tributario de 2011 fue de 4,27% del PIB, es decir, aproximadamente, 10 mil millones de dólares. Esto es, entre 10 y 14 veces la recaudación adicional que el gobierno estima se obtendrá con su propuesta tributaria. El 60% del gasto tributario corresponde al diferimiento de impuestos que explica por qué nadie en Chile declara ingresos anuales superiores a los seis millones de dólares.

Es afortunado que la Constitución exija que el gasto tributario se informe anualmente, teniendo en cuenta la poca información que el gobierno ha entregado para contribuir a una discusión informada de su propuesta tributaria.

Es preocupante, en cambio, que en el Informe de Finanzas Públicas antes mencionado, el gobierno anuncie la creación de una comisión que revisará las partidas que contendrá el gasto tributario en el futuro. La justificación que da el gobierno para revisar este tema sugiere la intención de excluir los diferimientos de impuestos en cálculos futuros.
 
EL ORIGEN
La posibilidad de diferir el pago del impuesto a la renta se introdujo durante la década de los ochenta. Luego de la gran recesión de 1982, las empresas tuvieron serios problemas para financiar nuevos proyectos, porque se congeló el acceso a crédito en el extranjero y buena parte de la banca nacional estaba quebrada. El objetivo fue facilitar que las empresas financiaran nuevos emprendimientos con las utilidades que retenían.

Las condiciones que pudieron haber justificado esta peculiaridad de nuestro sistema tributario no son válidas en la actualidad. Las grandes empresas tienen acceso a financiamiento de la banca nacional y extranjera para sus proyectos, mientras que las pymes gozan de granjerías tributarias particulares.

LA DISCUSION QUE TENDREMOS
Varias son las opciones para tener una estructura tributaria más justa, en que no sea posible diferir las obligaciones tributarias indefinidamente.

Una primera posibilidad es eliminar por completo la posibilidad de diferir el pago de impuestos, exigiendo que todos los ingresos tributen el año que tienen lugar. Esta opción debiera ir acompañada de una reducción de las tasas marginales más altas, que en la actualidad llegan al 40%.

Una segunda posibilidad, más conservadora, pero no por ello menos atractiva, sería limitar el tiempo que los dueños de una empresa pueden diferir el pago de impuesto a un máximo de cinco años.

Discutir cómo reducimos el gasto tributario es ineludible, si vamos a financiar responsablemente las reformas que el país necesita. Lo cual significa terminar con el diferimiento indefinido del pago de im- puestos. Son temas como estos los que debiéramos estar discutiendo. Son temas como estos los que la propuesta tributaria del actual gobierno no fue capaz de abordar.R

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