Algunos países, en ocasiones muy especiales y muy de vez en cuando, ofrecen amnistías tributarias. Esto es, durante un periodo acotado de tiempo, los contribuyentes que no han declarado todos sus ingresos y activos a la autoridad tributaria, pueden hacerlo de manera voluntaria. Al acogerse, los contribuyentes típicamente deben pagar todos los impuestos adeudados. A cambio de ello, son eximidos de multas y de una eventual persecución penal por delitos tributarios.
Con ello, la autoridad no solo recauda impuestos, sino que también puede fiscalizar mejor en el futuro y lograr un cumplimiento más equitativo de las obligaciones tributarias.
Junto con los avances en acuerdos internacionales de intercambio de información, algunos países de la OCDE han ofrecido estas ventanas de declaración voluntaria de rentas y activos escondidos. Ante la mayor posibilidad de ser detectados cometiendo infracciones tributarias, un grupo relevante de personas se ha adscrito a estos programas. A ello se suma el creciente número de filtraciones de documentos confidenciales, como los Papeles de Panamá, por medio de los cuales las autoridades pueden enterarse de activos en el exterior no declarados por los contribuyentes. Acogerse a la amnistía reduce el riesgo de aparecer en estas listas.
Los estudios académicos que analizan experiencias internacionales de amnistías tributarias muestran que quienes mantienen estos activos no declarados en el exterior suelen ser personas pertenecientes a los grupos de más alta riqueza. En algunos casos, se estima que la fracción del patrimonio no declarado a la autoridad puede llegar al 40% del patrimonio total de los individuos.
La reforma tributaria de 2014 incluyó una de estas ventanas, el llamado registro de capitales. Esta amnistía condonó, además de multas, intereses y penas, parte de los impuestos adeudados a quienes reconocieron mantener fondos en el exterior que no habían sido declarados al Servicio de Impuestos Internos (SII).
Casi 8.000 personas —un cuarto del total de contribuyentes en el tramo más alto del Global Complementario— se acogieron y admitieron no haber declarado riqueza en el extranjero por un total de casi US$ 19 mil millones. El Estado recaudó unos US$ 1.500 millones adicionales por una vez, alrededor de diez veces la estimación inicial.
El proyecto de reforma al sistema de impuestos ingresado por el Ejecutivo al Congreso propone abrir nuevamente una ventana de amnistía, ampliando los activos en el extranjero que esta vez se pueden acoger. El cobro sería de un 10% del patrimonio declarado, superior a la tasa del 8% cobrada en la norma previa. De acuerdo al Informe Financiero del proyecto, la medida recaudaría unos mil millones de dólares en dos años.
Esta nueva ventana de declaración de activos en el exterior fue rechazada en la Cámara de Diputados, pero el Ejecutivo desea reponerla para su discusión en el Senado.
La mayor recaudación transitoria que traería esta medida no es justificación suficiente para su implementación. Primero, porque no es equitativo hacia quienes cumplen a cabalidad sus obligaciones tributarias, pagando a tiempo sus impuestos y en ocasiones a tasas más altas que las ofrecidas en las amnistías. Segundo, porque su reiteración en tan poco tiempo promueve dejar los fondos fuera del país, a la espera de un nuevo perdonazo. Por algo se trata de medidas extraordinarias.
Finalmente, hoy existe una agenda global para empujar la transparencia financiera y el intercambio de información, y para que la regulación tributaria minimice los espacios de planificación agresiva.
En efecto, Chile ha suscrito tratados de cooperación internacional para el intercambio de información que facilitan la detección de operaciones ilegales. Gracias a ello, el SII tiene crecientemente la posibilidad de acceder a información sobre las actividades financieras y patrimoniales de los chilenos en el exterior.
Estas capacidades se suman a otros avances de años recientes. Por ejemplo, ahora el SII puede exigir información sobre dónde y en qué están invertidos los fondos que se retiran del país, con importantes sanciones por no declarar. A su vez, la norma antielusión le permite revisar transacciones que cumplan con la letra de la ley, pero no con su espíritu. También se han rebajado las exigencias para el levantamiento del secreto bancario en ciertas investigaciones.
En este contexto, no resulta comprensible volver a ofrecer una amnistía. Un nuevo perdonazo resulta inequitativo, riesgoso para las finanzas públicas futuras, e innecesario dado el nuevo contexto global de cooperación entre administraciones tributarias. Más aún, deteriora la legitimidad social de los impuestos, pues erosiona la progresividad del sistema tributario. Unas finanzas fiscales apretadas no justifican que el país asuma estos costos.