Publicado en La Nación, 19 Junio de 2014.
EL 23 de diciembre de 2001, el entonces presidente de la Argentina, Adolfo Rodríguez Saá, anunció la suspensión del servicio de la deuda soberana del país, que en su momento ascendía a US$ 100.000 millones. En 2005, la Argentina reestructuró el 76% de estos bonos en default bajo ley extranjera y, en 2010, el país hizo un nuevo canje que llevó la fracción de la deuda normalizada al 93%. Uno de los temas pendientes de la crisis de 2001 es la solución de la situación del 7% de la deuda aún en default.
Los tenedores de esta deuda, holdouts, llevaron al país a la Corte, argumentando que si la Argentina paga los bonos nuevos emitidos en los canjes de 2005 y 2010, debe pagar los bonos en default en los mismos términos. El lunes pasado, la Corte Suprema de los EE.UU. validó las decisiones de cortes inferiores del estado de Nueva York que les dan la razón a los acreedores, obligando a la Argentina a pagar esta deuda (más los intereses corridos).
Según la Corte, la Argentina está obligada a pagarles en las mismas condiciones a los dueños de bonos emitidos en los canjes de 2005 y 2010 bajo la jurisdicción del estado de Nueva York que a las dueños de los bonos aún en default. Es decir, si la Argentina cumple con el compromiso de pagarles a los tenedores de los bonos nuevos, también les debe pagar lo adeudado a las bonistas que no entraron en los canjes. Asimismo, si el país no les pagara a los holdouts toda la deuda emitida en 2005 y 2010 bajo la ley de Nueva York, entraría en un nuevo default. Esto implicaría un nuevo y costoso proceso de negociación y es probable que resultara en la pérdida de muchas oportunidades de inversión y complicara la situación cambiaria y financiera. También se esfumarían los potenciales beneficios de arreglos con el Club de París, con Repsol y con los acreedores del Ciadi.
La Argentina podría normalizar su situación con los tenedores de los bonos en default sin gastar un dólar de las reservas del Banco Central (BCRA). Al igual que en el caso de Repsol, podría ofrecer saldar las deudas con nuevos bonos. Para que la oferta fuera aceptable, el valor de mercado de estos bonos debería ser igual al de la deuda, o sea, US$ 1330 millones para el caso que se acaba de resolver (NML Capital vs. Argentina). La misma fórmula podría ser usada para los demás casos que se presenten. Esto cerraría el default de 2001 y le permitiría al país continuar su reinserción en el mercado internacional.
La dificultad de esta solución radica en cómo valuar los bonos que emita la Argentina. Una vez que la Argentina arregle la situación con los holdouts, el fantasma inmediato de un nuevo default desaparece y el precio de los bonos soberanos argentinos subirá. Los acreedores van a tratar de valuar los instrumentos de pago a los precios de la deuda argentina vigentes hoy.
La Argentina tiene que tratar de que la valuación de los instrumentos de pago sea la que impere después de que toda su deuda esté normalizada. Una fórmula posible para hacerlo es proponerle al juez pagar la deuda con una cantidad de bonos que hoy tengan un valor de mercado de, por ejemplo, US$ 1000 y comprometerse a que si en seis meses (u otro plazo por acordar) el valor de mercado no sube a US$ 1330 millones, la Argentina les entregará nuevos bonos a los acreedores hasta completar el valor adeudado con los precios de mercado vigentes en la fecha acordada.
El país tiene la oportunidad de cerrar la saga del default y estar más cerca de reinsertarse en los mercados internacionales. El valor de esto es inmenso. Facilitar el acceso al crédito aceleraría el desarrollo de los yacimientos de Vaca Muerta, que valen más de 180 veces el valor de toda la deuda aún impaga de 2001. Finalizar el default también bajaría el riesgo país, destrabaría créditos de organismos internacionales y estimularía la inversión y el consumo. Los beneficios de cerrar este capítulo de la historia financiera holgadamente exceden los costos.
Me parece una muy buena fórmula, Es hora ya que un gran país como Argentina salga de los coletazos de esa época nefasta que tanto daño le hizo al país. Seria maravilloso que sos también viniese acompañado de mayor apertura democrática y garantías a la oposición, eso también ayudaría a la economía al crear mayor confianza en inversionistas que tengan miedo al actual esquema político argentino.
Buena nota, Andrés. Me surge una duda en relación a la claúsula RUFO (Rights Upon Future Offers) de los bonos reestructurados. Si se ofrece pagar el 100% a los hold-outs bajo el mecanismo que proponés, ¿no gatillaría esta claúsula habilitando a los que sí entraron en los canjes previos a solicitar igual tratamiento?
Muchas gracias,
Saludos
estoy de acuerdo con Pablo, si Ar. paga mejores condiciones a los outs nace no solamente el derecho de ellos, sino la obligación argentina de convocar a los In y proponerles una renegociación.
Pablo y Eduardo, la pregunta es importante. Abajo hay una referencia a una opinión que sostiene que acatar el fallo de la corte no gatilla la clausula RUFO de los contratos de los bonos emitidos en la re-estructuración de 2005 y 2010. En la practica, me imagino que esta cuestión la va a terminar decidiendo una corte.
Bruno, Eugenio A., Argentina Debt – the Settlement Clause (December 17, 2013). Disponible en SSRN: http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=2456055
Andy:
Lo primero que hay que hacer para afrontar un default con éxito es reconocer que es algo malo que no debió ocurrir, y no festejarlo como si Argentina hubiera metido un gol tal cual muestran las fotos de Rodriguez Saa después de declararlo. Lo segundo es haber tenido una estrategia con los hold outs, los reticentes, y haberla puesto en práctica ni bien se cerró con los que habían aceptado la reestructuración, y no ir pasando el problema dentro de la familia como papa caliente. Lo tercero es entender que los tenedores de los bonos no reestructurados tienen derecho a cobrar lo que los bonos dicen. Un juez leerá el texto del documento digital, verificará que no haya habido novación ni prescripción, y resolverá. Lo cuarto es entender que cualquier juez de la tierra, y más aún el de cualquier país extranjero que es indiferente a las presiones de nuestro Poder Ejecutivo, y también del propio, si oye que el demandado anticipa que no acatará la sentencia será más riguroso que nunca, y se ajustará al texto del instrumento que se ejecuta y a la ley aplicable, para no sentir que ha cedido y perder autoestima y la estima de los demás. Lo tercero es darse cuenta de que llamar extorsionador al juez que va a ejecutar la sentencia de Cámara que ha quedado firme no ayuda para nada. Y la sexta es que amenazar en un comunicado de prensa que si las cosas siguen como vienen el país no honrará sus obligaciones con los tenedores de deuda reestructurada es amenazar con el mal de muchos a quien tiene ahora derecho indisputado para que no lo haga valer.
Si no se revisa el concepto que está detrás de esta secuencia de hechos, y se lo cambia por otro que diga que en el futuro no se tomarán deudas que no se pueden pagar, y que se respetarán siempre y en todos lo ámbitos las obligaciones asumidas, el derecho aplicable y las sentencias de los jueces competentes dictadas en un debido proceso en caso de disputa, todas las soluciones son castillos en el aire. Después de lo ocurrido, hasta una negociación exitosa con los hold outs cicatrizará las heridas que ha dejado todo este episodio, desde la toma de deuda frenéticamente hasta lo que ha acontecido ayer. Una conducta confiable y sostenida en el tiempo será, probablemente, la única solución. Argentina no es David, y el poder judicial de los Estados Unidos es Goliath.
Juan, gracias por el comentario. Coincido plenamente con tus argumentos y los llevaría un paso mas. Lo mejor que puede hacer el país es tener una política de superavits permanentes para eliminar la tentación del default y las confiscaciones. (Ver https://dev.focoeconomico.org/2010/10/17/metas-fiscales-para-la-estabilidad-y-el-crecimiento/)
El punto de la nota es decir que dada la situación en la que se encuentra Argentina, el mejor curso de acción es acatar la sentencia de la corte pagándole a los acreedores con bonos ya que el país carece del efectivo para hacerlo.
No estoy de acuerdo con varios de los puntos:
«Lo tercero es entender que los tenedores de los bonos no reestructurados tienen derecho a cobrar lo que los bonos dicen»
Si fuera tan fácil, por qué estamos hace diez años con este tema? Y para qué hicimos un canje si sabíamos que no llegando al 100% absoluto no iba a servir de mucho?
«Lo cuarto es entender que cualquier juez de la tierra, y más aún el de cualquier país extranjero que es indiferente a las presiones de nuestro Poder Ejecutivo, y también del propio, si oye que el demandado anticipa que no acatará la sentencia será más riguroso que nunca, y se ajustará al texto del instrumento que se ejecuta y a la ley aplicable, para no sentir que ha cedido y perder autoestima y la estima de los demás»
Entonces es un mal juez, porque debería basarse en el objeto de juzgamiento y no en los sujetos. Pero en todo caso, el juez debería basarse en las palabras de los diplomáticos y abogados de la Argentina, pretender que un presidente por cadena nacional hable en términos judiciales como si estuviera en el juicio es ser muy ingenuo, o arrogante. El primer objetivo de cualquier presidente es mantener el apoyo de su propio pueblo. Siguiendo esta lógica, cuando Bush le dijo al mundo que todo país sobre la tierra tenía que elegir si estaba con ellos o en su contra, nuestro congreso se tendría que haber juntado a decidir si le declaraba la guerra a Estados Unidos o a Afganistan? O era más lógico averiguar por canales diplomáticos hasta donde tenía que llegar el compromismo para no ser considerado un enemigo?
Uno, gracias por el comentario. El contrato de deuda que emitió Argentina antes del 2001 tiene una cláusula que dice
“The debt securities will be direct, unconditional, unsecured and unsubordinated obligations of the Issuer and will rank pari passu and without preference among themselves. Issuer’s payment obligations under the debt securities will rank at least equally with all its other present and future unsecured and unsubordinated debt.”18
“The payment obligations of the Republic under the Securities shall at all times rank at least equally with all its other present and future unsecured and unsubordinated external indebtedness (as defined in this Agreement).”
Lo único que hizo el juez es leer este contrato y, después de darle mucho tiempo a la Argentina para que llegue a un acuerdo con sus tenedoras, encontrar una manera de hacer que se cumpla esta cláusula, prohibiéndole a la Argentina distinguir entre acreedores «buenos» y «malos». Esa, justamente, es la naturaleza del compromiso que hizo Argentina antes del default.
Cuando Argentina dice que se va a burlar de la corte, el juez se va a poner mas duro para que sus fallos se cumplan.
El derecho de los holdouts a cobrar el bono que tienen lo creo la Argentina, no el sistema jurídico de EEUU.
Andy: me parece que el problema es que no existe una promesa (un bono) que Argentina pueda hacer y que el mercado valore 1330 millones. (There is no b such that b*q(b)=1330). De lo contrario, podria emitir ese bono y pagarle cash. Quizas el juez se la cree, pero si me dice «toma este papelito, el mercado lo valora 1330 millones» les digo «anda, vendelo, y traeme los dolares».
Juan, la deuda que tiene que emitir Argentina es mas que USD1.330 millones ya que pronto va a tener sentencias a favor del resto de las bonistas que no entraron a los canjes de 2005 y 2010. Un número que se maneja es el de USD15.000 millones. Si este fuese el número Argentina tiene que emitir b de manera que q(b) b = USD15.000 millones. Emitir esa cifra en el mercado hoy sería difícil, en parte por la situación irresuelta por estos juicios. Argentina no puede pagar los bonos nuevos si no resuelve el litigio con los holdouts. Si lo que vos decis es cierto eventualmente Argentina debería volver a re-estructurar todas sus deudas. Yo creo que como la riqueza de vaca muerta es tan grande comparada con el stock de deuda el país debería poder pagar una vez que los litigios del default de 2001 estén resueltos.
Si, es aún peor que los USD1.330 millones, ya lo se 🙁
Mi punto era simplemente sobre la idea de darles bonos con «valor de mercado» = X. Me parece que para que esa idea sea distinta que emitir un bono y darles el dinero, es necesario que el valor de mercado no sea realmente X. De lo contrario es lo mismo.
Juan, el problema es que mientras no resuelvas el problema de los juicios de los holdouts no podes pagar los bonos que emitis y estas, de hecho, en autarquía. Al resolver el juicio, pagando con un bono, mejora mucho el perfil crediticio de la Argentina.
Leí en el diario sobre el discurso de la presidenta por cadena nacional. Nunca me deja de sorprender la dificultad que tiene la gente para entender algo muy básico: El retorno esperado que ofrece cualquier inversión esta fundamentalmente determinado por el riesgo asociada a la misma. Hace poco almorcé con un amigo economista, que cree fervientemente en que los mercados están arbitrados, y me dijo, convencido, hay que comprar bonos argentinos. Tienen un retorno mayor al 10% y son seguros. Yo pensé, para mí, si pagan 10%, no deben ser muy seguros…
Hay algo que no me queda claro y estaría bueno que hagan un post porque me parece bastante interesante:
Sin hacer ningún tipo de Juicio Moral a lo que hacen los Holdouts (no me interesa, y solo embarra la discusión). El fallo en sí, no afecta la eficiencia del sistema financiero? No crea «incentivos perversos» a que se creen «Vulture Funds» complicando todo tipo de reestructuración de deuda?
No soy un experto, creo que lo mas cercano a algo relacionado con esto fue el curso de Economía & Derecho que tuve el año pasado en UTDT (2do año) pero, si algo entendí, es que uno de los roles del Derecho es promover la eficiencia mediante contratos, dentro de eso, no trabar el comercio y permitir válvulas de escape. Es por eso que ante una quiebra/default los acreedores ya no tienen una relación uno a uno con el deudor. Por el contrario los acreedores pasan a formar una masa con la cual el deudor renegocia lo adeudado, si bien esto va contra libertad y derecho de los acreedores (otra cosa importante que debe preservar el Derecho), tiene como objetivo pasar de un equilibrio de nash malo a uno «bueno» donde el deudor «sobreviva» y pueda volver a ser algo productivo para la sociedad y que el acreedor cobre algo en vez de nada.
Dado esto se podría decir que existe un trade-off dentro de los roles del Derecho, entre promover la eficiencia y preservar los derechos del acreedor, y aquí mi pregunta:
Habiendo el 93% de los acreedores aceptado la reestruccturación de la deuda, ¿No es un poco «loco»/contraintuitivo que el fallo haya puesto más peso en el segundo rol mencionado, es decir, preservar los derechos del acreedor y no la eficiencia?
Saludos y aprovecho para agradecerles por el blog, creo que le genera mucho «valor agregado» a la carrera de Economía.
Lo unico que hace el fallo es hacer cumplir un contrato que subscribió la Argentina. Mirá el texto arriba. Si el contrato de deuda que vendió Argentina antes de 2001 hubiese dicho que si las tenedoras de bonos de un 90% de la deuda del país aceptan una re-estructuración entonces el resto no tiene nada que reclamar la situación hoy sería muy distintas. Las cortes hacen valer los contratos. esta en las partes escribir mejores contratos. Las cláusulas de acción colectiva pueden ser útiles.
Comparto con Mauricio,
Además de «hacer valer los contratos», es importante ver cuales son las consecuencias de las sentencias. En este caso, fallar a favor de los Hold Outs claramente dificulta próximas reestructuraciones de deuda. Si yo tuviese un bono Italiano, e Italia entra en Default, tras este fallo ni se me ocurriría aceptar una quita.
En este sentido, que la corte no haya tomado el caso marca un antecedente muy fuerte para lo próximos países que entren en default y quieran salir de esa difícil situación. Dada la trascendencia para futuros canjes de de deuda, creo que es un caso que la corte debió haber tomado y discutido… qué tipos de casos toma sino??
Pese a que la letra sea clara, la sentencia debería considerar el contexto -tanto el actual como el existente cuando se celebró el contrato- y el impacto futuro que tendrá la decisión.
Ok, ahora hay que discutir como resolver el tema. Pero no por eso debemos ignorar que la corte menospreció el caso y no lo trató como debía.
No me cierra el argumento, si el único rol de las cortes es hacer valer los contratos ya pactados porque no diseñamos un algoritmo que lea y rechace todo lo que no diga el contrato. El rol del derecho a mi parecer es mucho mas amplio. Tal vez yo me estoy equivocando, pero si ese es el único rol para que tanta burocracia?
Los jubilados argentinos tuvieron que aceptar la quita del 65%, ahora le pagamos a fondos buitres multibillonarios el 100%, solo porque tienen más más espalda financiera y más influencia. ¿A acaso alguien duda de los beneficios de las contribuciones de campaña a los políticos norteamericanos que aporta Singer?)
¿Esta es la justicia americana tan respetada? Para mí el fallo es completamente lo inverso a lo que entiendo por justicia.
Los contratos se respetan hasta que no se pueden respetar más. ¿Acaso Argentina en el 2002 no estaba en una situación crítica?
Yo siempre entendí que el mercado financiero se basaba en la premisa que para invertir hay que arriesgar. Si uno invierte bien, gana plata, si uno invierte mal, la pierde. La Argentina de los 90s fue una pésima inversión. No entiendo porque el 93% de los acreedores tienen que absorber los costos de esas malas inversiones y el 7% restante tiene que poder cobrar el 100% sin perder un centavo.
Entiendo que en última instancia la culpa es de Argentina por ceder soberanía y emitir bonos bajo jurisdicción de un país que nunca va a ser aliado.. Creo que si el deudor fuera otro el resultado sería distinto. O no, y es una justicia completamente corporativa.
En cuanto a la propuesta es buena. Hay una serie de cosas que argentina podría hacer rápidamente que mejorarían la cotización de sus bonos y de esa forma la resolución de la controversia no sea tan ruinosa. En un año podríamos tener spread de riesgo más razonable (si hubiera voluntad para gastar capital político en esto).
Simplemente creo que el fallo demuestra que Argentina tendría que repensar su relacionamiento con EEUU sobre estas cuestiones.
Beto. El rol de la justicia comercial americana es hacer valer los contratos en caso de disputas. Es un poder independiente y el único mandato del juez en este caso es leer los contratos y hacerlos valer. Eso es exactamente lo que hizo el juez. La razón por la que el país cedió su soberanía y emitió su deuda bajo la ley del Estado de Nueva York es porque la confiabilidad de estas cortes en hacer valer los contratos hacen que para el país sea mad barato emitir deuda en esa jurisdicción. Lee el contrato que puse en una de las respuestas arriba.
La diferencia con nuestro país es que a pesar que la corte suprema hizo valer los derechos de los jubilados el poder ejecutivo ignora sus órdenes. En el caso de la corte de Nueva York, la corte le puede imponer al país un costo importante si desobedece sus fallos. El problema no esta con la justicia americana sino con la justicia Argentina que no vela lo suficiente por sus fallos.
En el caso de un default como el de 2002, ninguna justicia puede hacer valer los contratos. Si no hay plata, no hay plata. Ni la Argentina, ni la de EEUU, ni la de ningún lugar del mundo.. (como tratarían ellos un default propio?, eeuu por supuesto no puede entrar en default, tienen la maquinita en última instancia.. pero a Detroit le permiten cualquier cosa..
Acá lo que hizo la «justicia» norteamericana fue permitir que argentina estafara a una inmensa mayoría de acreedores para permitir a un grupito ínfimo maximizar sus ganancias. Si todos los acreedores tuvieran la misma actitud que los fondos buitre, nadie podría cobrar un peso (¿y cómo hacen para velar por los contratos ahí?)
¿Qué derecho superior tienen estos acreedores? Por lo que yo entiendo de la Justicia, tener más espalda financiera y amigos en política no debería otorgar más derechos. Y esa fue en última instancia lo que le permite a unos cobrar todo, y al resto 35 centavos. ¿Alguien acaso vio los números de las contribuciones políticas de este señor Singer? Después no debería sorprender si aparecen senadores como Rubio a desprestigiar a la Argentina e intentar embarrar las relaciones. No hay una diferencia entre esas contribuciones y un soborno.
En cuanto a la razón para ceder soberanía, es clara. El mercado local no podría absorber esta deuda. Pero eeuu no es el único mercado que existe (pero si es el mercado donde mejor llegada tienen los fondos buitre). Además, si no podemos tomar deuda, tal vez incluso sea mejor, nos obligaría a mantener superávits estructurales. Cada vez que tomamos deuda terminamos en la lona. Con la derecha o con la izquierda. Es más diría que la derecha es incluso peor administrando las finanzas públicas. Macri multiplicó por 4 la deuda de la ciudad, de los 90s no hace falta decir nada, tampoco de la última dictadura.
¿Cómo tendría que haber hecho Argentina para resolver su default, si Pari Passu significa lo que este juez dice que significa?
Es decir si luego de un canje, un holdout tuviera derecho a bloquear el pago de la deuda a aquellos que si canjearon para cobarse el 100% o empujar al país a un nuevo default..
Hasta el día jamás escuche una respuesta convincente al argumento central de Argentina. Generalmente lo único que dicen es que el resto tienen CACs, por lo tanto la única y última perjudicada sería la Argentina…Linda justicia.
Beto, coincido con vos en que una buena política para Argentina sería no endeudarse más. De hecho, mi primers entrada en FE justamente tartaba este tema. Lee metas fiscales para la estabilidad y el crecimiento.
En cuanto a tus otros argumentos, en 2002, 2005 y 2010 toda la gente que participo y la que no participo en el canje conocía la naturaleza de los contratos y tenía un menú de elecciones. Unos optaron por cambiar la deuda en default por bonos con ley argentina, otros eligieron bonos con ley de NY y otros eligieron quedarse con los bonos viejos esperando que algún día valgan algo. Argentina también sabía que eventualmente podría perder el juicio en la corte de NY, donde acepto que se dirimieran los conflictos. El rol de un juez en NY no es resolver los problemas fiscales de Argentina, ni proteger a inversores que tomaron riesgos como los que entraron ene el canje, su rol es hacer que se cumplan los contratos contraídos libremente por las partes.
Finamente, es falso que Argentina no tiene plata. Por ejemplo, podría vender parte de Vaca Muerta para honrar sus deudas. El problema es que unos gobiernos deciden gastar a expensas de otros en el futuro y los del futuro eligen no respetar las obligaciones que contrajeron los anteriores en nombre del país. Ahora si sumas la deuda del estado con bonistas, con el club de Paris y con los jubilados estamos en mas o menos 60% del PBI (mira esta nota de Nicolas Dujovne). Ese es un número grande para Argentina que va a requerir mucha discipplina fiscal para ser honrado.
Yo no creo que los que cambiaran los bonos supieran lo que pari passu significa (según este juez), de lo contrario no veo a nadie entrando al swap. Esa fue mi pregunta. Hasta la fecha no leí ninguna respuesta convincente. Si pari passu significa que no se le puede dar prioridad de pago a un bono reestructurado por sobre un bono del holdout, ¿Cómo debería haber hecho Argentina para reestructurar su deuda y poder salir del default, si al día siguiente los holdouts van a poder bloquear los pagos para cobrarse el 100%?
Se beneficia tanto el incentivo holdout, que se termina convalidado un modelo de negocio parasitario.
Al contrario.. Aparentemente si hay (algunos) inversores protegidos de los riesgos. Pese a que la argentina de los 90s fue una pésima inversión, una minoría de inversores no van a perder plata mientras la otra inmensa mayoría sí.
Si, puede vender Vaca Muerta, puede privatizar la educación (con 5% del PIB creo que alcanza para pagarle a los fondos buitres), pero ningún país soberano hace esas cosas. De lo contrario estaríamos rematando las joyas permanentemente.
Y si, los Kirchner dejan varios muertos en el baúl. Son populistas y dejan sus deudas invisibles. Pero los populistas de de derecha creo que hicieron desastres peores.
Interesante saber que el primero de agosto del año dos mil ocho se presentó en la House of Representatives del Congreso de los Estados Unidos un proyecto de ley «to prevent speculation and profiteering in the defaulted debt of certain poor countries, and for other purposes» con el nombre de «Stop the Vulture Funds Act», donde VULTURE correspondia a las iniciales de Very Unscrupulous Loan Transfers from Underprivilegded countries to Rich, Exploititive Funds. El proyecto no prosperó, lo que en si mismo tiene significado: allí los contratos son ley entre las partes, pacta sunt servanda. Y les va bastante bien. Lo contrario paso en el Reino Unido en 2010 respecto de un listado de paises pobres, entre los que estaba Zambia he visto que hoy emite deuda a un interés muy razonable y esta calificada como B+. Vivir en Londres no está nada mal. Hay de todo en la viña del Señor.
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Todos los «arreglos» que el país haga en condiciones diferentes a las de los bonistas, traerá el reclamo de éstos. Si se emitieran bonos con un valor diferente para saldar el juicio del salame de griesa, los bonistas estarían en condiciones de requerir el mismo trato. La única forma de solucionar este tema, para mi gusto, sería que particulares les compraran los bonos al valor que se estableció en el juicio o que se espere al primer día hábil del 2015 cuando la cláusula quede perimida.
Rodolfo,
Griesa no parecería ser tan salame. Lee lo que escribe el 2nd circuit y sus argumentos: http://www.creditslips.org/files/2d-circuit-injunction-affirmance.pdf. Su interpretación del Pari Passu tampoco es tan amplia. http://www.yjil.org/docs/pub/o-38-zamour-nml-v-argentina.pdf Argentina simplemente se metió en un lío por la ley cerrojo y por no reconocer sus deudas. Ahora tiene una sentencia que cumplir. La clausula RUFO, tampoco es el inconveniente que el gobierno dice. Mirá los argumentos en https://dev.focoeconomico.org/2014/07/27/el-arriesgado-bluff-que-nos-pone-al-borde-del-default/ y las referencias sobre RUFO. Es una amenaza tan seria como el hecho que la Argentina no está en default. Aún si Argentina pagase ahora y la RUFO fuese un problema, podría enmendar los bonos. Mirá https://dev.focoeconomico.org/2014/07/28/los-holdouts-y-el-despues/
Argentina también pude venderle bonos a un tercero (por ejemplo un banco de inversión en las condiciones descriptas arriba) y usar el cash para pagarle a los demandantes con sentencia firme. A muchísimas soluciones que el gobierno eligió no usar.