De acuerdo a la encuesta Espacio Público-Ipsos, la principal razón detrás de la alta abstención en las elecciones municipales recientes es la corrupción. Más que sin interés, la ciudadanía dice estar molesta. Y ciertamente tiene motivos para desconfiar.
La agenda de probidad, que ha avanzado enormemente en el último año y medio, busca recuperar esa confianza. Las mediciones que realiza el Observatorio Anticorrupción de Ciudadano Inteligente y Espacio Público indican que las medidas han progresado en un 61%, y que las leyes ya aprobadas obtienen nota 5,3.
Esta buena evaluación no ha detenido el tranco: el Congreso ha comenzado a discutir un proyecto de ley de puerta giratoria, inhabilidades e incompatibilidades en el ejercicio de la función pública, materias cruciales en la prevención y manejo de conflictos de interés.
La puerta giratoria se refiere al ir y venir de personas entre cargos legislativos o regulatorios y empresas privadas con y sin fines de lucro que operan en el sector bajo regulación.
En una dirección, se trata de un legislador, un alto personero del Ejecutivo o un fiscalizador que deja el sector público para tomar un cargo relevante (director, gerente, inversionista, consultor) en el sector que ha regulado.
En la dirección opuesta, se trata de un ejecutivo de alto nivel de una empresa regulada que toma un cargo en el poder Ejecutivo, en el Congreso o en una agencia reguladora del área.
Una puerta giratoria que da vueltas sin resguardos se presta para que un alto oficial del Estado use su posición para beneficiar a un ex o a un potencial empleador. También para que use información sensible o los contactos adquiridos mientras ejercía el cargo, en beneficio propio o de un tercero. Asimismo, se presta para el “cambio de bando”, representando a privados en disputas o negociaciones en las que se actuó previamente desde el sector público.
En pocas palabras, la puerta giratoria permite obtener ventajas privadas por el hecho de haber ostentado un cargo público, y no es distinto de recibir una coima.
Los efectos nocivos de la puerta giratoria no solo se notan en la confianza pública. Un conjunto de trabajos académicos muestran que las empresas conectadas políticamente, incluyendo las que son administradas por quienes han tenido cargos públicos, reciben más subsidios y tienen una gobernanza más débil.
Así, además de conflictos de interés, el tránsito de ida y vuelta entre el sector público y el privado conlleva el riesgo de captura y de distorsiones económicas.
El mayor desafío de la regulación de la puerta giratoria es lograr un balance entre atraer a personas altamente capacitadas al Estado, protegiendo también la libertad de trabajo, y prevenir conflictos de interés para que los agentes públicos actúen con imparcialidad e independencia.
La legislación actual en Chile es altamente limitada en este último aspecto. Al definir las incompatibilidades post empleo, se centra casi solo en fiscalizadores (con escasas excepciones como es el caso de los ministros del Tribunal de la Libre Competencia) y cubre un período corto de “enfriamiento” en el que no se puede tomar ciertos cargos en el sector privado. Al mismo tiempo se refiere solo a relaciones laborales posteriores -y no a la propiedad-, no ofrece compensaciones al perder el cargo, y no define sanciones efectivas por incumplimiento.
El proyecto de ley en discusión representa un avance sustantivo. Primero, amplía el conjunto de funcionarios cuyas actividades posteriores estarían temporalmente reguladas. Segundo, extiende la limitación a la participación en la propiedad, las actividades de lobby y también a los servicios prestados gratuitamente. Tercero, extiende las inhabilidades para ingresar a la función pública. Por último, define una compensación económica y crea mecanismos de registro, fiscalización y sanción para hacer efectiva la norma.
No hay duda de la importancia de estos avances, pero se puede ser más ambiciosos. De hecho, el primer Gobierno de la Presidenta Bachelet puso urgencia a un proyecto que abarcaba a un grupo más amplio de cargos a regular. Al menos habría que incluir a todas las entidades con atribuciones de regulación y fiscalización, y a ministros y subsecretarios.
Asimismo, el plazo de la prohibición -tres a seis meses- es muy corto. En la OECD las limitaciones se establecen para períodos entre uno y dos años según el cargo.
La regulación de la puerta giratoria en discusión, junto a las nuevas normas sobre declaración de patrimonio e intereses y sobre financiamiento de la política, ayudan a limitar la captura que el sector privado puede hacer del Estado, al reducir su capacidad para influir en el diseño de la regulación y de las instituciones.